Lunes, 19 de octubre 2015

Fallo judicial

La estación de servicio tiene derecho de disponer de los horarios del personal, pero con limitaciones

Así lo estableció la Sala IX Juzgado N° 41 de la Ciudad de Buenos Aires, para dictaminar el rechazo del despido de una empleada de una boca de expendio por oponerse al cambio de horario de trabajo ordenado por la empresa invocando razones de salud.

La estación de servicio tiene derecho de disponer de los horarios del personal, pero con limitaciones
La modificación horaria se encuentra condicionada a la observancia de ciertos recaudos
Por Redacción Surtidores

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