Lunes, 07 de mayo 2018

Resolución General 4234

La AFIP renovó una obligación para las Estaciones de Servicio

A través de una Resolución publicada en el Boletín Oficial, dispuso la obligatoriedad para los expendedores de realizar el control de los combustibles que reciben con el fin de detectar destinos exentos de impuestos. ¿Cuáles son los proveedores autorizados para su comercialización?

La AFIP renovó una obligación para las Estaciones de Servicio
El costo de los reactivos se puede computar como pago a cuenta del IVA hasta $ 3.000 por año
Por Redacción Surtidores

3 Comentarios en “La AFIP renovó una obligación para las Estaciones de Servicio”

  • Aníbal mayo 7th, 2018 2:02 pm

    La nota no explica que el producto utilizado es un cancerígeno de alto riesgo.
    Nuevamente el estado delega la figura de policía en el operador quien, llegado el caso, debiera denunciar a su proveedor si la prueba diera positiva. El producto sale con trazador desde la destilería en camiones con monitoreo satelital y tacógrafo que permiten determinar los movimientos del transporte de carga para saber desde donde y hacia donde lleva el combustible pero debe ser el estacionero quien debe comprar el producto reactivo y hacer la prueba. Parece que las autoridades que deberían cumplir dicha función no estuvieran capacitadas.

  • sandro arnaldo amarilla mayo 7th, 2018 9:09 pm

    Nosotros los Operadores de Estaciones de servicios no tenemos los conocimientos técnicos para realizar la PRUEBA QUE EL ESTADO NOS OBLIGA A REALIZARLO. Porque las petroleras no llenan un formulario que sirva de declaración Jurada con la correspondiente contramuestra que sea enviada a la AFIP…Nosotros no podemos hacer de POLICIA TRIBUTARIO.

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