La relación de los expendedores con la Sindicatura
La decisión del Juez Javier Cosentino de disponer la quiebra con “continuidad”, originó dudas en la red de expendedores acerca de la relación contractual con la empresa. Especialista explica la situación de los operadores y los pasos a seguir
Finalmente, y tras fracasar el proceso de salvataje, la Justicia dictaminó la quiebra de Oil Combustibles. La decisión fue calificada por el propio magistrado como de gran “complejidad y trascendencia”, circunstancias que también comparten los expendedores que integran la red de la petrolera en relación a su futuro contractual y comercial.
Al respecto el asesor de la federación de Combustibles, Dr. Fabián Tobalo, afirmó que los operadores que se hubiesen visto perjudicados (incumplimiento de contrato, daño contractual, lucro cesante) tendrán que presentarse ante el Juez de quiebra e insinuar sus créditos.
“Tratándose de una acreencia derivada del incumplimiento del contrato, eso supone un litigio previo. Cada operador deberá evaluar la conveniencia de iniciar y/o continuar estas acciones frente a un deudor que podría resultar insolvente”, advirtió.
En cuanto a la resolución contractual, Tobalo explica que el decreto de quiebra faculta al cocontratante del fallido a solicitar la resolución del contrato de aprovisionamiento, como consecuencia de la imposibilidad de la firma petrolera de cumplir con las obligaciones a su cargo, más allá del desapoderamiento que provoca la declaración de quiebra de esta.
“La solicitud de resolución contractual, en esa instancia, debe hacerse ante la Sindicatura del concurso, puesto que, debido al desapoderamiento que afecta al fallido, la administración de su patrimonio queda en manos del Síndico”, puntualiza el letrado.
No obstante alerta que salvo que el contrato de suministro prevea en forma expresa como efecto del decreto de quiebra la automática resolución contractual, “la misma no opera de pleno derecho (por la sola circunstancia del dictado del decreto de quiebra) y debe ser instrumentada por el interesado”.
En ese sentido, aconseja que el operador vinculado a la firma Oil Combustibles SA verifique su situación contractual. “Si la resolución no está prevista como consecuencia de la quiebra de la compañía petrolera, deberá operar la resolución del vínculo ante el Juez del concurso antes de celebrar nuevo contrato con otro proveedor”, concluyó Tobalo.
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