Lunes, 28 de marzo 2016

Resolución 415/02

¿Qué decisión tomarán las estaciones ante la obligación de informar si comercializan productos dañosos para la salud?

El próximo 15 de abril, las estaciones de servicio deberán comunicar si los productos que comercializan no causan afecciones a la salud del personal. Se trata de una obligación dispuesta por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, que sitúa a esta actividad entre las más riesgosas para el personal.

¿Qué decisión tomarán las estaciones ante la obligación de informar si comercializan productos dañosos para la salud?
Hay diferencias sobre la obligatoriedad de incluirse en la normativa
Por Redacción Surtidores

Un Comentario en “¿Qué decisión tomarán las estaciones ante la obligación de informar si comercializan productos dañosos para la salud?”

  • Mariano Tierno marzo 6th, 2017 10:24 am

    En La Pampa la SRT obliga a la empresas a presentar la Res 415/02. Cuando hace las inspecciones informa como incumplimiento la no presentación de la misma.

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