Deterioro institucional
El comité tendrá a su cargo todos los actos de gestión administrativa tendientes a la normalización de la entidad. Realizará además, la convocatoria y celebración de la asamblea para elegir las nuevas autoridades. Tiene un plazo de 90 días corridos.
El 1 de agosto de 2016, a pedido de Rosario Sica, (el que fue solicitado por primera vez el 7/04/2015 y reiterado en Abril 2016 conjuntamente con el pedido de Nulidad de la Asamblea del 15/3/2016), la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires emitió la Resolución nº 5114 que dispuso “declarar irregular e ineficaz a los fines administrativos la Asamblea General Ordinaria celebrada el 15 de marzo de 2016”.
La asamblea, de manera ilegal y arbitraria según los términos de la resolución, había designado a la lista verde, Vicente Impieri, Hernán Landgrebe, Alberto Gallo, Leonardo Sainato entre otros, para integrar el Consejo Directivo que debía regir los destinos de FECRA.
Dicho consejo directivo fue removido en la misma resolución, que designó en su reemplazo una Comisión Normalizadora integrada por Sergio Javier Mascaro (Presidente), Carlos Rodriguez y Martín Ezequiel Llanpart.
Este comité tendrá a su cargo todos los actos de gestión administrativa tendientes a la normalización de la entidad. Realizará además, la convocatoria y celebración de la asamblea para elegir las nuevas autoridades y deberá seguir las instrucciones que imparta el departamento Inspecciones de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.-
Las frases salientes de la resolución
“La entidad se encuentra inmersa en un estado de deterioro institucional que impide su normalización mediante los órganos establecidos estatutariamente”.
“Es necesaria la designación de una Comisión Normalizadota como una herramienta procedente a reencausar el normal funcionamiento de la institución garantizando el interés individual de cada uno de los socios de la entidad”.
“La Comisión tendrá a su cargo las gestiones necesarias para realizar una asamblea donde se designarán las nuevas autoridades y tratamiento de los ejercicios económicos adeudados, otorgándosele un plazo de 90 días corridos desde la posesión efectiva del cargo”.
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