El legislador Juan Carlos Villalonga, propone en su iniciativa el cambio de la matriz energética, aplicando cambios no sólo en la generación de energías limpias, sino a través de la demanda. En su texto, define al vehículo eléctrico a todo aquel que es “impulsado con energía de cero emisiones y que no contenga motor de combustión”.
A priori, incluye “automóviles, buses, camiones, trenes, bicicletas eléctricas”, pero sabiendo los veloces avances tecnológicos aclara la posibilidad de sumar “cualquier otro sistema de movilidad que defina posteriormente la Autoridad de Aplicación”.
El texto plantea que “la construcción y operación de los centros de recarga de vehículos eléctricos será libre, sin perjuicio de las normas técnicas de cumplimiento obligatorio que se establecerán para todo el territorio nacional”.
Asimismo, los particulares tendrán el derecho de instalar equipamiento para recarga en sus respectivos domicilios; en su caso, cumpliendo las normas vigentes en materia de propiedad horizontal.
Según el proyecto la “flota vehicular afectada al uso del Estado Nacional será gradualmente reemplazada por vehículos eléctricos en el marco del Plan Estratégico Nacional de Movilidad Eléctrica, con un mínimo del veinte (20) por ciento cada cinco años”
En este contexto y con el objeto de fomentar la movilidad eléctrica, Villalonga plantea los siguientes incentivos:
Acceso a financiamiento para la compra de vehículos eléctricos con tasas preferenciales, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reducción del arancel de importación de vehículos y sus repuestos.
Reducción de la alícuota del Impuesto al Valor Agregado, la que será del diez por ciento para la compra de vehículos eléctricos y sus repuestos.
Reducción de la alícuota del Impuesto al Valor Agregado, la que será del diez por ciento para los servicios de mantenimiento y reparación de los vehículos alcanzados por la ley.
Finalmente, sugiere eliminar “por el término de dos años la obligación de pago de la tarifa de peaje por parte de los vehículos eléctricos, en las autopistas, autovías y rutas nacionales. Dicho plazo se contará a partir de la fecha de adquisición del vehículo”.