Mediante la Disposición 421-E/2017, publicada el pasado día viernes en el Boletín Oficial, la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo fijó el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable referido al Convenio Colectivo 371/03.
De acuerdo a la citada norma legal, el monto se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
En ese sentido, la publicación refiere al acuerdo salarial suscripto entre la Federación y Sindicato de Empleados de Estaciones de Servicio (FOESGRA – SOESGyPE) y la Confederación de Entidades del Comercio de los Hidrocarburos de la República Argentina (CECHA), el cual se reproduce a continuación: