Aguardan una audiencia en el Ministerio
El Presidente de la Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines de la República Argentina, Carlos Gold, se refirió a la cláusula de revisión inflacionaria prevista en el acuerdo salarial. También opinó respecto a las negociaciones del gremio con otras agrupaciones empresarias para definir un nuevo convenio laboral
La Confederación de Entidades del Comercio de Hidrocarburos y Afines de la República Argentina confía en que próximamente el Ministerio de Trabajo los convoque a una audiencia conjuntamente con el SOESGYPE para terminar de cerrar la cláusula de revisión inflacionaria prevista en el acuerdo salarial que suscribieron en el mes de mayo de 2017.
A tal efecto, cabe recordar que CECHA en cumplimiento a lo convenido en las negociaciones paritarias envió el 16 de noviembre del año pasado una nota al sindicato invitándolo a una reunión a efectos de analizar las variaciones económicas producidas en el periodo abril-octubre de 2017 que a juzgar por los índices publicados por el INDEC no ameritaban en ese momento un ajuste salarial, en virtud de no superar la inflación de ese periodo el 20 por ciento de incremento acordado para los sueldos.
Posteriormente, en enero del corriente año se envió una nueva nota a la agrupación gremial ratificando la invitación enviada en noviembre, para debatir en esa oportunidad la pauta inflacionaria de cara a los meses de febrero y marzo restantes para la finalización del acuerdo salarial 2017.
Ante la falta de respuesta de SOESGyPE a ambas notas, Carlos Gold, el Presidente de CECHA afirmó que aspira a que el Ministerio de Trabajo tome cartas en el asunto y convoque a las partes a cerrar dentro de los lineamientos fijados por el Acuerdo firmado el 11 de mayo de 2017.
“Ello considerando los índices inflacionarios suministrados por el INDEC para el periodo abril 2017-marzo 2018, con el aliciente de que los Sindicatos de las Provincias de Santa Fe y de Córdoba, por citar a algunos de los más importantes, ya lo han hecho con ajustes salariales cercanos al 25 por ciento anual con la aplicación de la cláusula de revisión inflacionaria para los meses de febrero y marzo del 2018 únicamente”, apuntó el directivo.
Respecto a la noticia del avance que estarían haciendo el gremio de Estaciones de Servicio con la Asociación de Operadores de YPF para la firma de un nuevo convenio laboral, el empresario correntino prefirió no emitir opinión personal, y solo se limitó a recordar que el pasado 17 de agosto el Ministerio de Trabajo mediante el Dictamen 119 referido al Expediente nº 1.710.505/16 comunicó a la AOYPF y a FOESGRA, entre otros, que la presentación hecha por la citada cámara empresaria peticionando ser unidad de negociación colectiva no era procedente, dado que no lograba desvirtuar la calidad de suficientemente representativas que ostentan las entidades que en la actualidad han quedado legitimadas para negociar dentro de la actividad en cuestión.
“El veredicto es muy contundente y más aun cuando en el mismo expediente constan oposiciones sobre el particular interpuestas por SOESGyPE, FOESGRA y otras entidades gremiales provinciales a la aspiración de la AOYPF”, concluyó Gold.
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