Días atrás se conocieron los alcances de la resolución 80/2017, que dispuso que a partir del día 1º de mayo, los usuarios que adquieran gas natural con destino a expendio de GNC, podrán hacerlo como hasta ahora –a través de la Distribuidora zonal- o en forma directa a los productores.
Esta última opción representa un considerable alivio para la economía de los expendedores en razón de que podrán obviar una importante carga impositiva que debían afrontar desde mayo del año pasado, cuando se modificaron las condiciones para comprar el combustible.
Sin embargo, la tarea no será tan sencilla: la normativa establece que las Estaciones de Servicio deberán respetar las proporciones de cada cuenca incluidas en los cuadros tarifarios de la licenciataria zonal, así como los porcentajes de gas retenido correspondientes.
Por su complejidad, este mecanismo de compra resulta prácticamente inviable para los operadores, de ahí que la disposición “abre las puertas” a las comercializadores de gas natural, para efectuar la intermediación.
Según adelantó el especialista energético y asesor de la Asociación Estaciones de Servicio (AES), Luis Navas, la comercializadora asociada a Metrogas (cada Distribuidora tiene la suya) ya adelantó que la gestión tendrá un costo del 7.5 por ciento del total de gas que comprará en Boca de Expendio. En suma: una estación que vende 100.000 metros cúbicos deberá pagar por mes $ 22.500.-
“Es una cifra muy abultada, debiera ser exactamente la mitad. Pretender recaudar ese margen es como querer cobrarle a una Estación de Servicio arriba del Titanic”, ironizó Navas. En tal sentido sugirió recurrir a las palabras del interventor del Enargas, David Tezanos, quien en ocasión de una reunión con los directivos de AES, aconsejó “negociar el porcentaje en razón de que está desregulado”.
No obstante y más allá del monto que se logre pactar, el directivo lamentó este nuevo costo que se impone sobre la compra de gas para GNC que recorta el beneficio que brinda la facturación desdoblada. “Aranguren le quitó (al GNC) la carga impositiva que el mismo había impuesto con la Resolución 34/16, pero ahora le adicionó un nuevo cargo, el de la comercializadora”, cuestionó finalmente.